Resumen del Artículo Disposición transitoria séptima [sic]

Artículo Disposición transitoria séptima [sic] del Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. (codigo) — Disposición transitoria séptima [sic]. Permanencia en el puesto de trabajo de las personas que logran la condición de personal funcionario de carrera por sistema de estabilización.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición transitoria séptima [sic]Disposición transitoria séptima [sic]

Disposición transitoria séptima [sic]. Permanencia en el puesto de trabajo de las personas que logran la condición de personal funcionario de carrera por sistema de estabilización.

Norma publicada: 27 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria séptima [sic]

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria séptima [sic] del codigo?

Disposición transitoria séptima [sic]. Permanencia en el puesto de trabajo de las personas que logran la condición de personal funcionario de carrera por sistema de estabilización.

¿El Artículo Disposición transitoria séptima [sic] del codigo está vigente?

El artículo Disposición transitoria séptima [sic] del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria séptima [sic] dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria séptima [sic]?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.